Carta Publica
Sr. Presidente, se ha postergado la Participación Protagónica y Decisoria constitucional de los venezolanos
Hacemos de su conocimiento que los venezolanos no hemos podido ejercer plenamente los derechos participativos protagónicos y decisorios contemplados en los artículos Nº 62, 70, 166, 182, 184 y 185 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El Consejo Local de Planificación Pública de cada municipio de Venezuela, cuya mayoría en su integración está representada por miembros de las comunidades organizadas, tiene como competencia principal, la formulación, aprobación y seguimiento de las Inversiones municipales vigente desde el ejercicio Fiscal del año 2003, 2004 y ahora las correspondientes al año 2005.
Derechos Participativos Protagónicos y Decisorios que cada uno de los venezolanos, hemos adquirido, al refrendar la Constitución vigente, como expresión de las aspiraciones y necesidades organizativas y representativas de las comunidades organizadas autónoma en sus actuaciones y decisiones.
Su acertado concepto de las funciones de estos órganos cogestionario en el marco de la Comisión Presidencial de fortalecimiento de los 335 CLPP del país, el 9 de abril del año 2003, en cuyo acto de Juramentación afirma:
"...Porque no se trata insisto, en que porque haya un alcalde de AD en un municipio entonces vamos a conformar un consejo local de planificación pública por la base para desestabilizar al alcalde o para impedirle el trabajo o para hacer política de oposición; no es ese el papel de los consejos locales de planificación, de ninguna manera, porque ese papel en todo caso de oposición política es de los partidos políticos, no es de los consejos locales de planificación, eso es necesario que sea muy bien entendido y muy bien definido, no vayamos a contaminar de partidismo político algo tan vital para el desarrollo de la democracia participativa y protagónica dentro de este proceso. ..."
no ha sido comprendido por los Ministros y sus dependencias, por los Institutos nacionales, por los 24 Gobernadores, por los 335 Alcaldes, por todos los partidos políticos, quienes, de manera inconstitucional y con clara interferencia políticos partidista, han obstaculizado el proceso de consolidación de estos órganos cogestionarios y la debida y obligante difusión y apoyo de los fundamentos constitucionales y legales de la tan Democracia participativa y protagónica vigente.
A pesar de este entorno desfavorable, hemos creado desde el año 2002, una Plataforma tecnológica organizativa y de difusión, con nuestro esfuerzo y recursos financiero propios, permitiendo de esta manera el marco de autonomía organizativa de la sociedad civil y comunidades.
Nos preocupa, señor Presidente, que existiendo un atractivo Plan de Desarrollo Económico y social de la Nación para el periodo 2001 y 2007, no pueda haber sido implementado dicho Plan de desarrollo, por el Gobierno nacional, haciéndose muy evidente, por parte de todos los Ministerios y demás dependencia de la Administración Pública Nacional, el no acatamiento de las obligaciones y articulados de la Ley Orgánica de Planificación.
Debemos reconocerles que usted ha promovido como nadie, la consolidación de empoderamiento de las organizaciones civiles y populares, hasta el punto de decretar la conformación de la Comisión Presidencial de seguimiento de Instalación de los 335 Clpp del país, la cual contaba con 33 representantes de la sociedad organizada, el 9 de abril del año 2003, fecha en la cual recordamos un extracto de su discurso de Juramentación:
"........Se lo
decía yo al Ministro, está incompleta esta Comisión, y
yo le decía al Ministro que en un lapso prudencial de 1 mes, mes y medio máximo,
es decir, estamos a 9 de abril (2003), en mayo, a finales
de mayo mas tardar, debemos estar haciendo un evento de bastante significación y
que no sea solo un acto y un discurso sino que sean varios días de trabajo, de
talleres de trabajo, donde vengan alcaldes, gobernadores, consejos locales que
ya existan, los que están en formación, donde se debatan, donde se coloquen en
la mesa las contradicciones, donde esa comisión o esta comisión que hoy se ha
juramentado se amplíe con representaciones de todos lo consejos locales, de los
que ya existan o de personas que sean de verdad líderes sociales y que estén
trabajando en este proyecto, porque este proyecto es muy importante.
Se trata de la profundización del concepto de la democracia participativa y
protagónica contenido en la constitución Bolivariana........"
La ausencia de los representantes civiles en la mencionada Comisión, permitió que sus esfuerzos en esta materia no pudieran verse cristalizados a favor de la Democracia Participativa Protagónica y Decisoria, ya que a partir de esa fecha, se truncó por completo el avance hacia la divulgación, capacitación y seguimiento de estos órganos cogestionarios a cada venezolanos.
Sin el apoyo Institucional sobre esta materia, nuestra Plataforma tecnológica se encargó de organizar , mediante una red de promotores regionales altruistas, a realizar un ciclo de talleres y conferencias por todo el país, con la meta de difundir y capacitar a la mayor cantidad de promotores municipales de los 335 Clpp.
En nuestro intento de lograr que los coordinadores de los Círculos Bolivarianos, lo de la Clase Media en Positivo y ahora los recién creados Frentes Francisco de Miranda de Luchadores Sociales Bolivarianos, pudieran unirse en esta etapa de divulgación y promoción de los derechos Participativos Protagónicos y decisorios que han adquiridos constitucionalmente todos sus integrantes por intermedios de los Consejos Locales de Planificación Pública de cada municipio, nos encontramos ausencia de interés por parte de dichos coordinadores, en involucrar a sus afiliados sobre esta materia.
Debemos informarle, señor Presidente, que adicionalmente a que todos los Organismos de la Administración Pública Nacional dieron su espalda a promover y respaldar la conformación de estos órganos cogestionarios, nos tropezamos con que, al contactar al encargado del CONVENIO INTEGRAL DE COOPERACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE CUBA Y LA REPÚBLICA, a los efectos de poder integrar los programas de asistencias técnicas en diez áreas de competencias de los Clpp, hacia los promotores municipales, comunidades organizadas y ciudadanos común, dentro del ámbito de cada municipio, cuya vigencia del Convenio, data desde octubre del año 2000, la solicitud planteada ha recibido una respuesta negativa.
Nuestra meta ha sido, desde nuestros inicios, que la ama de casa, el estudiante, el obrero, el profesional, el medico, el deportista, el empresario, el microempresario, el cooperativista, el niño y cada habitante de un determinado municipio, reciba las mas oportuna y adecuada información de sus derechos participativos adquiridos e inducirlos a planificar y orientar el desarrollo armonioso y constante de cada uno de los 335 municipios del país.
Es notorio que el 12 de octubre de este año (2004) se debe convocar en cada municipio, asambleas de ciudadanos en cada sector representativo, para elegir nuevos miembros de las comunidades organizadas en los 335 Clpp, para un nuevo periodo de dos (2) años (2005-2007) que establece la Ley correspondiente, y igualmente este evento que no está siendo promovido por ningún Organismo Público competente.
Es por lo expuesto que le sugerimos adoptar las medidas institucionales que puedan revertir el marco de violaciones y cercenamientos de los derechos constitucionales antes mencionados, entre las cuales proponemos:
Suspender las asignaciones de recursos financieros a los municipios por parte del Fides, Laee y otros institutos, correspondientes a los años fiscales 2003 y 2004, de los proyectos que no sean formulados y aprobados por el Consejo Local de Planificación Pública respectivo, previa comprobación de que dicho órgano esté legalmente constituido.
Promover a nivel de los 335 municipios del país, la realización de asambleas de ciudadanos a los efectos de que se identifiquen las prioridades que requieran cada municipio y aprobarlas para que se puedan incluir a consideración del Clpp respectivo y asignadas los recursos de inversiones municipales para le año fiscal 2005.
Promover el proceso de elección de los nuevos miembros de las comunidades organizadas para un nuevo periodo de dos (2) años (2005-2007) que establece la Ley correspondiente, que integrarán los 335 Clpp del país.
Destinar los alcances del CONVENIO INTEGRAL DE COOPERACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE CUBA Y LA REPÚBLICA, en su ultimo año de vigencia, para otorgarles la asistencia técnica en varias áreas a los promotores y comunidades organizadas.
Exhortar a que los Ministerios e Institutos nacionales, cumplan lo establecido en el articulo Nº 184 de la CRBV, otorgándole prioridad a las comunidades organizadas de cada municipio, la ejecución y control de las inversiones públicas que se realicen dentro de sus ámbitos municipales.
Promover el cumplimiento por parte de la Asamblea Nacional, la aprobación de leyes sociales y participativas, entre ellas la del Poder Público Municipal.
Centralizar la conformaciones de las 335 Salas técnicas de los respectivos municipios, evitando que los esfuerzos técnicos y financieros de las instituciones ministeriales, estadales y municipales se desvíen de este objetivo común.
Evaluar el apoyo institucional de la Administración Pública Nacional le está otorgando al cumplimiento del ejercicio de la Contraloría Social a los ciudadanos y comunidades organizadas.
Aunar los esfuerzos de todas las organizaciones sociales que el Gobierno promueve, hacia la consolidación de la democracia Participativa y Protagónica establecida en los artículos 62, 70, 166, 182, 184 y 185 de la CRBV.
Evaluar los pronunciamientos de la Vicepresidencia de la República, Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela, Defensoria del Pueblo, Asamblea Nacional Ministerio de Planificación Ministerio de Finanzas y Onapre, sobre la interpretación de los derechos protagónicos y decisorios que los ciudadanos adquirieron por intermedio de los Clpp para definir el destino de los recursos que se invierten en sus respectivos municipios.
Evitar de que los procesos de conformación de los Clpp, no sean sometidos a interferencia de proselitismo político alguno y que se respete la autonomía eleccionarias de sus representantes
A los efectos de que pueda conocer con detalles las distintas actuaciones y pronunciamientos que se han producidos desde el año 2002 hasta la fecha, le resumimos las mismas:
para contactarnos:
e-mail: coordinador@consejoslocales.org