Centro de Coordinación de los Clpp

Planilla de Actualización del Clpp en tu municipio

Los datos aqui suministrados son almacenados en una base de datos que estará disponible a los efectos de procesar la información suministrada y tramitar la misma ante las instancias competentes para obtener oportuna y adecuada respuesta en la siguiente dirección web

Base de datos de Actualización de los Clpp del país

Datos de tu Municipio

Parroquia (*) : Municipio (*) :
Ciudad (*) : Estado (*) :
Fecha de Aprobación
Ordenanza de funcionamiento
del Clpp
(*) :
Fecha de Elección de los representantes
vecinales por la Asamblea
de ciudadanos
(*) :
Fecha de Elección de los representantes de los
sectores organizados
(*) :
Fecha de Juramentación del Clpp (*) :
Estas de acuerdo del proceso realizado para la Conformación del clpp en tu municipio? (*) :Si No Has procedido a realizar el reclamo o denuncia ante :
¿Has recibido alguna respuesta relacionadas a tus actuaciones? :Si No Puedes identificar los pronunciamiento recibidos:
Si desea denunciar algunas presuntas irregularidades en la conformación del Clpp de tu municipio, Puedes hacerlo aqui:
Documento que desea anexar: (Ordenanza, enlace de noticia relacionada, comunicaciones enviadas, ect..)
(maximo 50K)

Datos personales

Si perteneces a alguna Organización Civil, vecinal, popular, o de algun sector organizado (salud, deporte, microempresarios, cultura, turismo, agropecuario, ect..)
Nombre (*): E-Mail (*):
Dirección: Telefono::
Nombre de la
Organización civil
:
Sector que pertenece :
Numero de miembros : actualmente activa:
(*) Obligatorios Urgencia del mensaje


Artículo 9. Ley de los Consejos Locales de Planificación Publica
La comunidad organizada, excepto los pueblos indígenas donde los hubiere, para postular sus representantes al Consejo Local de Planificación Pública, deberá hacerlo por intermedio de una organización civil creada de acuerdo a la ley, en asamblea de sus miembros, cuyos requisitos son:
1. Estar inscrita en el registro subalterno para determinar su personalidad jurídica.
2. Presentar el libro de actas de reuniones y de asambleas.
3. Presentar constancia de la última elección, de su Junta Directiva.
4. Presentar un ejemplar de sus estatutos.
5. Presentar nómina actualizada de sus integrantes, contentiva de nombres y apellidos, cédula de identidad y dirección.
6. Inscribirse, para tal fin, en la oficina respectiva del Consejo Local de Planificación Pública.
La comunidad organizada que no reúna alguno de los requisitos indicados, pero presente actas de elección o relegitimación por asamblea, de sus miembros, o que tenga constancia de estar realizando labores en beneficio de su comunidad, por lo menos durante un año consecutivo, será inscrita en la oficina de control del Consejo Local de Planificación Pública y se le orientará y apoyará para que adquiera personalidad jurídica.

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17 de octubre de 2001
Garantía del derecho a petición
Artículo 9. Los funcionarios y funcionarias de la Administración Pública tienen la obligación de recibir y atender, sin excepción, las representaciones, peticiones o solicitudes que les formulen los particulares en las materias de su competencia ya sea vía fax, telefónica, electrónica, escrita u oral; así como de responder oportuna y adecuadamente tales solicitudes, independientemente del derecho que tienen los particulares de ejercer los recursos administrativos o judiciales correspondientes, de conformidad con la ley.
En caso de que un funcionario público o funcionaria pública se abstenga de recibir las representaciones o peticiones de los particulares o no den adecuada y oportuna respuesta a las mismas, serán sancionados de conformidad con la ley.